[MUSIC] El quinto paso implica examinar quién o quiénes tienen el poder para definir o para tomar decisiones sobre cómo se van a ofrecer los servicios y recursos, o sobre los privilegios y beneficios que se generan. Por ejemplo, en algunos contextos las decisiones son tomadas exclusivamente por los políticos, los gobernantes o las personas que gozan de mayor estatus en la comunidad, sin considerar las opiniones de las personas directamente afectadas. [MUSIC] El sexto paso requiere determinar los factores legales y políticos que pueden facilitar u obstaculizar el debate en torno a las condiciones de inequidad que se observan y la identificación de alternativas de cambio. Algunos ejemplos de factores que en Colombia han contribuido a generar condiciones más equitativas a las personas, en términos de sexualidad, salud sexual y salud reproductiva, son las sentencias judiciales. Por ejemplo, estos factores legales reconocen los derechos patrimoniales de las personas homosexuales. Las normas de protección contra la violencia doméstica o la legislación que regula la licencia laboral remunerada por maternidad y paternidad. Por su parte, los factores que pueden constituirse en obstáculos en el campo judicial son los debates políticos y sociales en torno a la educación de la sexualidad o las creencias religiosas sobre la familia, la reproducción y los hijos. [MUSIC] El último paso implica identificar las acciones aceptables y legítimas que podemos llevar a cabo para transformar las circunstancias de inequidad. En este paso conviene tener en cuenta, por una parte, el criterio de aceptabilidad y el principio de exigibilidad del enfoque basado en el derecho humanos. Las acciones son aceptables y legítimas cuando tienen en cuenta las características demográficas y culturales de las personas o los grupos. Consideran las expectativas y valores del grupo. Reconocen el sistema normativo del contexto. No recurren a la fuerza, la presión o la coacción. Recurren a los mecanismos de exigibilidad definidos. Recuerda lo que conversaste con Carolina. El principio de exigibilidad plantea que jurídicamente cualquier persona puede reclamar todo lo que merece para tener una vida digna. El principio de exigibilidad también establece que todos los derechos humanos son exigibles y que el Estado es el encargado de velar por su cumplimiento. En la siguiente figura encuentras algunas acciones legítimas que las personas o los grupos pueden llevar a cabo para exigir la realización de sus derechos. [MUSIC] Ten presente que en la identificación y ejecución de esas acciones debemos participar activamente todas las personas que tenemos algo que ver en la situación. El objetivo de las acciones es cerrar la brecha de inequidad que observamos. Esto lo logramos cuando tomamos medidas para acercar lo más posible las condiciones que viven los grupos menos privilegiados a los que viven los grupos que tienen más ventajas. Por ejemplo, si en la institución educativa en la que trabajamos identificamos que los hombres tienen más probabilidad de abandonar los estudios para contribuir al sostenimiento de la familia, por ejemplo, comparados con las mujeres, tenemos que establecer las causas de esas diferencias. Si encontramos que esas diferencias se deben a que en esa región se cree que el papel de los hombres es proveer los recursos económicos del hogar, nuestras acciones deberán estar encaminadas, por una parte, a modificar esa creencia a través de acciones educativas. Y, por otra parte, debemos generar oportunidades laborales para los adultos de las familias e incentivos para que se motiven a mantener a los hombres y las mujeres en el sistema escolar. Las acciones para reducir las condiciones inequitativas comienzan por ti y por mí, es decir, se basan en un cambio personal. Debemos reconocer cuáles son esas experiencias de vida que nos dificultan ponernos en el lugar de la otra persona que tenemos en frente. Y, de esta forma, reconocer que es tan humana como cualquier otra, tan humana como tú o como yo. Ten siempre presente, además, que independientemente de sus características es titular de los mismos derechos que tienes tú o que tengo yo. [MUSIC]