Los tratados internacionales de derechos humanos, que son normas que surgen básicamente a partir de los horrores de la Segunda Guerra Mundial, que es un momento en el cual la humanidad para y dice: "Eso no puede volver a pasar, hay cosas que no dependen de los Estados". Si hay una atrocidad como la que estaba sucediendo en la Alemania nazi, no se puede amparar la Alemania nazi en la idea de soberanía para poder ejecutar a una parte de su población. Hay cosas que no pueden volver a pasar y esas cosas que no pueden volver a pasar están consagradas, prohibidas, por los tratados internacionales de derechos humanos. Los Estados acuerdan, por la vergüenza que les produce lo que ha sucedido antes y durante la Segunda Guerra Mundial, acuerdan que hay un conjunto de derechos que son universales, que son inviolables, que están interrelacionados y cuya defensa, protección y garantía no depende de la soberanía de cada Estado, y ellos acuerdan, se comprometen, a respetar ese conjunto de derechos, ese catálogo de derechos, que están en los tratados universales de derechos humanos, pero también en los tratados regionales, en particular en las Américas, en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y, luego, en una serie de tratados que desarrollan algunos de los derechos consagrados, explícita o implícitamente en la Convención y que si se violan en su territorio, ellos van a hacer lo posible para investigar, juzgar y condenar proporcionadamente a aquella persona que cometió ese ilícito internacional, es decir, que violó ese derecho que está consagrado en el tratado internacional. Es decir, los Estados, de manera soberana, renuncian a una pequeña porción de su soberanía en protección, en nombre de la dignidad humana. Los propios Estados, sabiendo que eso podía pasar, establecen unos organismos que son los encargados de supervisar el cumplimiento de ese tratado. Esos se llaman organismos convencionales, están en las convenciones. La Comisión Interamericana sobre Derechos Humanos está en la Carta de la OEA y, luego, en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Corte Interamericana de Derechos Humanos también está en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los Estados deciden que si en su territorio no pudieron o no quisieron hacer justicia, entonces haya un órgano convencional, acordado por ellos, aprobado por ellos, que va a ser el encargado de investigar esa situación, de investigar ese presunto ilícito internacional y, en caso de que considere que hubo una violación y que el Estado no pudo o no quiso hacer justicia, entonces condenar internacionalmente al Estado, declararlo internacionalmente responsable por la violación de ese derecho que el propio Estado se comprometió a garantizar. Y elaboran, además, una serie de estándares. Es algo que definen a través de los casos, pero también de interpretaciones autorizadas, los órganos convencionales, creados en la Convención para hacer eso, para ser los intérpretes autorizados del respectivo tratado. Es decir, definen el alcance de los derechos a través de distintas facultades. Una es hacer casos, la otra es elaborar estándares y, en algunos casos, pueden adoptar medidas urgentes, medidas cautelares o medidas provisionales, según el órgano, para proteger de manera urgente a una persona cuya vida o integridad personal, por ejemplo, está claramente amenazada, evidentemente amenazada, que pidió la protección del Estado, el Estado no se la dio y, entonces, acude a sus órganos para pedir la protección urgente de un derecho que está en el tratado en el cual ese órgano fue creado y, por lo tanto, ese órgano tiene la obligación de proteger, supervisar que los Estados cumplan con esos tratados. Hay otros órganos que no fueron creados por los tratados, se llaman órganos extra convencionales. Esos órganos fueron creados por los órganos convencionales. Esos son, por ejemplo, las relatorías especiales. En el caso de las Américas, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión o la Relatoría Especial para la Protección de los Derechos Económicos, Sociales y Ambientales (DESCA). Apoyan a los órganos convencionales en el ejercicio de sus funciones. ¿Qué no pueden hacer? No pueden decretar que el Estado ha incumplido una obligación internacional, no pueden declarar la responsabilidad internacional del Estado por el incumplimiento de una de sus obligaciones. ¿Qué hacen las relatorías? Monitorean y relatan lo que ven, desde el punto de vista de los estándares del derecho que tienen que cumplir. La Relatoría de Libertad de Expresión, por ejemplo, monitorea lo que pasa en las Américas, supervisa lo que hacen todos los Estados de las Américas, hace un informe, hace recomendaciones, asesora a los Estados, manifiesta su preocupación cuando ve que hay una determinada acción u omisión de los Estados que puede violar el derecho a la libertad de expresión y acompaña a la Comisión Interamericana en el litigio de los casos en materia de libertad de expresión. Ahora, no puede, nunca, decretar nuevamente que un Estado es responsable por el incumplimiento de una de sus obligaciones. La agenda de la relatoría marcaba los grandes desafíos. El primero, la violencia contra las personas que ejercen su libertad de expresión. No hay adecuados sistemas de investigación sobre los crímenes cometidos contra las personas por ejercer, de manera crítica, su libertad de expresión y, la relatoría elaboró un conjunto estándares en esa materia e impulsó casos en esa materia, como el caso Richard Vélez contra Colombia. El segundo gran tema es el uso de mecanismos legales, ya no la violencia, sino el uso de mecanismos legales, como por ejemplo, las normas de injuria y calumnia, que son absolutamente ambiguas, o las normas, por ejemplo, contra el discurso de odio o las normas contra los discursos que pueden generar zozobra; no para proteger derechos, no para proteger a la población, no para proteger bienes valiosos, sino para silenciar voces críticas. El tercero es el acceso a la información. América Latina ha avanzado mucho en el tema de acceso a la información, mucho más que otras regiones del mundo, pero todavía hay una cultura del secretismo, las leyes no son suficientemente robustas, no existen entidades independientes que permitan, en la mayoría de los países, realmente garantizar el derecho de todas las personas a acceder a la mayor cantidad de información que tenga el Estado, con algunas pocas excepciones justificadas por lo que se denomina el test de necesidad. Un cuarto tema es la diversidad y el pluralismo. La diversidad y el pluralismo significa garantizar que, en la esfera pública, no haya unos parlantes, unos megáfonos, que sean tan potentes que impidan que otras voces puedan ser escuchadas, lograr una mejor equidad en la conversación pública. Es necesario seguir construyendo ahora estándares referidos a la esfera digital. ¿Cómo lograr que en la esfera digital las distintas voces sean escuchadas? La libertad de expresión en Internet es un universo enorme que, sobre todo hoy, supone un gran desafío. Esos eran los grandes temas. La relatoría trabajó muy seriamente en esos temas, impulsó unos casos, eso lo ocasionó, y tal vez, este es el segundo tipo de desafíos, lo ocasionó unas amenazas institucionales muy fuertes. Algunos gobiernos que no estaban dispuestos a ser escrutados, que no estaban dispuestos a que aquello que estaban haciendo en sus países fuera publicado en los informes de la relatoría, intentaron disminuir la capacidad, las funciones de la relatoría para poder actuar. Felizmente, no lo lograron. Fue una época difícil que se llamó, de manera muy eufemística, el fortalecimiento del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Felizmente, el sistema resistió, pero siempre hay que estar atentos porque hay gobiernos que olvidan la razón por la cual esos tratados existen, hay gobiernos que sienten que pueden estar por encima de cualquier tipo de control y de vigilancia. Cuando se encuentran por fuera con entidades de protección de derechos humanos que ponen de presente que esos gobiernos están violando los tratados que ellos mismos firmaron, que esos Estados firmaron autónomamente, no tienen otra salida distinta que tratar de estigmatizar a esos sistemas y restarles legitimidad, autoridad y poder. Felizmente, hasta ahora no lo han logrado, pero siempre hay que estar atentos porque el autoritarismo no suele limitarse a las fronteras nacionales, intenta también afectar y disminuir la capacidad de acción de los órganos internacionales de derechos humanos. Hay que recordar siempre por qué existen esas organizaciones y esas organizaciones existen para evitar que se repitan los horrores que dieron lugar a la Segunda Guerra Mundial y, recordar la historia, en estos casos, es realmente fundamental.