[AUDIO EN BLANCO] [MÚSICA] Se considera vehículo autónomo a todo vehículo con capacidad motriz, equipado con tecnología que permite su manejo o conducción sin precisar la forma activa de control o supervisión de un conductor, tanto si dicha tecnología estuviera activada o desactivada, de forma permanente o temporal. Se trata de tecnología con un determinado nivel de automatización. En concreto, se pueden establecer diferentes niveles de automatización, desde el cero al cinco, considerándose solo vehículo autónomo el que responde a los niveles de tres a cinco de la automatización. En la propuesta elaborada por la Society of Automotive Engineers, en el conocido documento J3016, los diferentes niveles de automatización de los vehículos pueden agruparse en seis niveles, los cuales van de la no automatización, que sería el nivel cero, a la plena automatización, que sería el nivel cinco. Estos niveles se corresponden con conducción automatizada condicionada, que sería el nivel tres, que consiste en un sistema que desarrolla todas las tareas de la conducción con la expectativa de que el conductor responda adecuadamente a la petición de intervención por parte del propio vehículo. Segundo lugar, la conducción altamente automatizada al nivel cuatro, en la que el sistema desarrolla todas las tareas de conducción, incluso si el conductor no responde adecuadamente a la petición de intervención por parte del vehículo, y en último término, el nivel cinco, la conducción plenamente automatizada. El sistema aquí desarrolla todas las tareas de la conducción bajo cualquier circunstancia en la vía o cualquier circunstancia ambiental. Por tanto, aquí se incluyen vehículos semiautónomos y autónomos, nivel tres, cuatro y cinco. Tanto unos como otros, si bien pueden encontrarse circulando por las vías abiertas al tráfico en general, cuando los titulares gocen de la pertinente autorización, en esa autorización tienen que aportar toda una serie de documentación en la que figurarán las vías o las calles exactamente por las que va a transitar el vehículo en cuestión, porque es a modo de ensayo o prueba, el vehículo autónomo todavía no es objeto de comercialización. Por tanto, empleando la terminología propia de la responsabilidad del fabricante por productos defectuosos, en realidad el vehículo autónomo es un producto que todavía no se ha puesto en circulación en el mercado, por tanto solamente está a modo de prueba o ensayo. ¿Y eso qué significa? Significa que si el vehículo autónomo que está en la calle produce daños, pero simplemente está atado en una prueba o ensayo, no va a responder el fabricante por los daños que ocasione con base en la responsabilidad del fabricante, sino que los daños se resarcirán conforme a las reglas generales de responsabilidad civil, aunque siempre se impone aunque sea que el vehículo circule como prueba o ensayo, la contratación de un seguro obligatorio. La cuestión estriba entonces en plantear si de estos daños responderán de acuerdo con las normas de responsabilidad civil el día que se comercialicen, y seguro en la circulación de vehículos a motor. Hay que destacar que toda la normativa sobre circulación de vehículos a motor, seguridad vial, responsabilidad civil, etcétera, pivota siempre alrededor de la conducción humana. Por tanto, se trata de conducción sin automatización o conducción humana asistida o parcialmente automatizada. Es decir, la conducción parcialmente automatizada que you existe en vehículos que circulan con ella, es aquella en la que el sistema desarrolla conducción dinámica lateral y longitudinal utilizando la información del entorno del vehículo, mientras que el conductor tiene que realizar el resto de tareas. En estos supuestos, siempre está el conductor y, por tanto, se comprendería dentro de las normas sobre responsabilidad civil y seguridad vial. Ahora bien, en casos de los niveles anteriormente destacados, nivel tres, cuatro y cinco, aquí, como no existe propiamente conductor, nos tendríamos que plantear si realmente las normas que se deben aplicar en casos de que se ocasionen daños es, son las normas de responsabilidad civil en caso de circulación de vehículos a motor. Hay que destacar que en el caso del nivel tres, que la conducción automatizada condicionada el conductor existe en determinados momentos tiene que tomar el control del vehículo, podría comprenderse sin excesivas dudas en la normativa vigente en material de responsabilidad civil por uso del vehículo a motor. Pero, en cambio, en los niveles cuatro y cinco, donde a pesar de que haya conductor el vehículo actúa solo y aunque se requiera el control del conductor si él no lo toma, el vehículo es capaz de tomar decisiones y actuar autónomamente, es mucho más difícil entender que quedaría comprendido dentro de las normas de responsabilidad civil por el uso de vehículos a motor. Porque aquí, el sujeto al que se imputa la responsabilidad es el conductor, pero el conductor you no existe. Sí que existe un poseedor o un propietario del vehículo autónomo al que se le obliga contratar un seguro obligatorio para que cubra determinados daños, pero él you no conduce. Por lo tanto, aquí en realidad estaríamos mas bien ante la contratación de un seguro obligatorio por los posibles daños que pueda ocasionar un bien que poseemos, ¿por qué no tanto un bien que conducimos? Por tanto, las normas sobre responsabilidad civil por el uso de vehículos a motor, quedarían desplazadas por las normas generales de la sociedad civil de los códigos civiles, o bien por las normas de responsabilidad civil del fabricante. En cuanto estos vehículos autónomos se pongan en circulación en el mercado, podrán considerarse productos y, en consecuencia, podrán, los defectos que presenten y los daños que ocasionen esos defectos, quedar sometidos al ámbito de aplicación de las normas sobre responsabilidad civil del fabricante, y no las normas sobre responsabilidad civil por el uso de vehículos a motor. De manera que, en realidad, se nos aplicarán las normas no porque conducimos un vehículo, sino porque usamos un vehículo igual que usamos cualquier otro producto. [MÚSICA] [AUDIO EN BLANCO]