[MÚSICA] Ofrecer a los ciudadanos un espacio de libertad sobre la injusticia, es uno de los objetivos de la Unión Europea, que más claramente señalan la vocación política constitucional del proyecto de integración europea. Muestra también la voluntad, de poner al ciudadano en el centro de dicho proyecto, pues este objetivo atiende a ámbitos que configuran el día a día de nuestra cotidianidad, nuestros desplazamientos, nuestros derechos, nuestra seguridad. Se trata también de ámbitos de actuación, que entroncan directamente con el núcleo duro de la soberanía estatal, lo cual explica probablemente, que la aparición y la evolución de dicho objetivo haya sido más tardía y más lenta que los objetivos de naturaleza económica. De hecho fue la consolidación del mercado interior, tras el acta única europea, lo que propició la desaparición de los controles en las fronteras interiores y de la libre circulación de personas. Y de ahí la exigencia de actuar conjuntamente, en una serie de ámbitos directamente relacionados con esa ausencia de controles, como las fronteras exteriores o las políticas migratorias. Por ello la primera aparición de este objetivo, la encontramos en el tratado de Maastricht, que constituye a la Unión Europea en 1992. Aunque su consolidación no llegó hasta unos años más tarde, con el tratado de Amsterdam en 1997 y sobre todo en los tratados actuales, tras la reforma de Lisboa, que en el artículo 3 del tratado de la Unión Europea, mencionan este objetivo del espacio de libertad, seguridad y justicia, como uno de los ámbitos claves de actuación de a Unión Europea, mencionándolo incluso antes que los objetivos de naturaleza económica. Al tratarse de cuestiones muy sensibles para la soberanía en los estados, no es de extrañar que haya sido el consejo europeo, la institución formada por los jefes de estados y de gobierno, quien haya tenido la responsabilidad de desarrollar e impulsar las prioridades políticas en este campo, que se han plasmado en diversos programas estratégicos como el programa de Tampere de 1999, el de La Haya en 2005 o el programa de Estocolmo en 2011. El espacio de libertad, seguridad y justicia se basa en tres pilares fundamentales. La ausencia de controles en las fronteras interiores y la consiguiente política común en materia de asilo, inmigración y fronteras exteriores, la garantía de un alto nivel de seguridad en dicho espacio y la facilitación de la tutela judicial. Por lo que respecta a la desaparición de controles en las fronteras interiores, la encontramos plasmado por primera vez, en un convenio internacional que se firmó en los años 80, entre Alemania, Francia y los paises de Benelux en la ciudad de Schengen. Aunque este convenio como tal. ha dejado de existir, puesto que se ha convertido en un reglamento europeo que contiene el código de fronteras, seguimos utilizando esta palabra Schengen, para designar esa zona en la que los ciudadanos podemos movernos libremente. Una zona en la que algunos estados de la Unión Europea no participan, como por ejemplo Irlanda, por voluntad propia o Rumania, Bulgaria, Chipre, Croacia, por no reunir todavía los requisitos y en cambio, otros estados que no son de la Unión Europea, sí lo hacen, como por ejemplo, Noruega, Suecia, Liechtenstein e Islandia. Esa desaparición de los controles en las fronteras interiores, lleva aparejada una actuación conjunta en las fronteras exteriores, que de alguna manera se han convertido en fronteras comunes. La Unión Europea ha adoptado normas comunes en materias de visados y también en materias de qué controles deben llevarse a cabo, en dichos frontones exteriores. Se han establecido una serie de bases de datos, relacionadas con los registros de entradas, de salidas, de visados, de que personas no tienen permitida la entrada en la zona Schengen, para facilitar estos controles fronterizos. Así mismo se ha creado una agencia europea, Frontex, que tiene la misión de apoyar y coordinar a los estados en esta tarea de la gestión integrada de las fronteras. Una agencia que en los últimos años, ha visto aumentar de manera espectacular sus medios y sus capacidades y que tiene la vocación de constituir un cuerpo europeo de guardias de fronteras y costas. Estas políticas en materia de fronteras, vienen acompañadas por una serie de políticas comunes en materia de asilo y de inmigración. Aquí es preciso insistir, en que se trata de ámbitos en los que estados retienen amplias competencias. Son por ejemplo los estados, los que son responsables de decidir si otorgan o no el estatuto de refugiado a una persona, aunque lo hacen, en el marco de unos procedimientos y de unos requisitos comunes y sobre todo, de, el establecimiento de normas sobre cuál es el estado que debe tramitar y autorizar dichas solicitudes. De manera similar en el ámbito de las políticas migratorias, son los estados los que deciden, que cantidad de migrantes aceptan en su territorio para desarrollar actividades económicas, aunque la Unión Europea ha desarrollado normas comunes, para determinados sectores como los trabajadores altamente cualificados, los estudiantes y en algunos ámbitos de interés común, como la reagrupación familiar o la lucha contra la inmigración irregular. Este carácter limitado de las competencias de la Unión Europea, unido a las fuertes divergencias entre los estados, explica que ante la llegada masiva en los últimos años de migrantes y refugiados, a las fronteras terrestres y marítimas de la Unión Europea, esta no haya sabido responder de una manera adecuada y no haya podido implementar el principio de solidaridad, que sí figura en los tratados. Ello ha tenido consecuencias también, en el ámbito de las fronteras interiores, puesto que muchos estados han activado los mecanismos extraordinarios previstos para situaciones de crisis, que permiten reestablecer los controles en las fronteras interiores de la zona Schengen. La comisión europea elegida en noviembre de 2019, conciente de que se está jugando aquí uno de los objetivos esenciales de la Unión Europea, ha incluido entre sus prioridades, un nuevo pacto en materia de asilo y de inmigración. La existencia de un espacio sin controles en las fronteras interiores, exige una actuación coordinada en materia de seguridad, para evitar que la desaparición de dichos controles, se traduzca en mayores facilidades para la delincuencia organizada. Por ello el tratado de la Unión Europea, concede competencias para prevenir y luchar contra delitos graves como terrorismo, la trata de personas, el tráfico de armas o de drogas, el blanqueo de capitales o la corrupción. La acción de la Unión Europea en este campo, ha ido dirigida en tres direcciones básicas. En primer lugar, la definición de tipos y penas comunes para determinados delitos, con el objetivo de que la legislaciones estatales se armonicen en este terreno, no solo en lo que se refiere a la persecución y penalización de un delito, sino también en lo relativo a los derechos de las víctimas. En segundo lugar se ha puesto en marcha una cooperación judicial basada en el principio de reconocimiento mutuo, que permita que una decisión adoptada por un juez de un estado, pueda ser ejecutada y reconocida por todos los órganos jurisdiccionales de los demás estados miembros. La orden de detención europea, es sin duda una de las medidas más conocidas, pero no es la única. Se ha insistido también en intentar un coordinación de las actuaciones judiciales, en aquellos procesos contra la delincuencia transfronteriza, que exigen actuaciones e investigaciones simultáneas, en diferentes estados miembros. La existencia de una agencia europea de cooperación judicial Eurojust, ha sido clave para articular y fomentar dicha cooperación judicial. En tercer lugar, la Unión Europea ha desarrollado una cooperación policial, dirigida al intercambio de datos, a la actuación conjunta en determinadas investigaciones, y al fomento de la formación y de la investigación en la lucha contra la delincuencia. Aquí de nuevo. Luego tiene un papel primordial Europol, la agencia europea de cooperación policial que gestiona las bases comunes de datos y que articula éstas formas de cooperación. Se ha creado también recientemente, una fiscalía europea competente para la lucha contra los delitos que atenten conta las finanzas de la Unión Europea y que en el futuro puede ver ampliada su ámbito de actuación. La existencia de un espacio, de libre circulación entre todos los estados de la Unión Europea exige también atender a las necesidades de los ciudadanos de ver protegidos de forma eficaz sus derechos y que las diferencias y las complejidades de los sistemas jurídicos de los estados miembros no supongan un obstáculo para ello. El Consejo Europeo ha insistido en la necesidad de articular un espacio europeo de justicia, que respete las diferencias entre los diferentes sistemas jurídicos, pero que tienda apuntes entre ellos, para facilitar a partir del principio de confianza mutua y de reconocimiento mutuo, facilitar la garantía de la seguridad jurídica y un acceso sencillo y eficaz a la justicia. La acción legislativa aquí de la Unión Europea ha sido inherente y cumple un abanico de campos que decimos en el derecho civil que van desde el derecho de familia hasta cuestiones de regulación, de compra ventas o temas procesales, por ejemplo. Los objetivos de la Unión Europea han ido encaminados a regular la determinación de la justicia incompetente, el reconocimiento y la ejecución de las soluciones judiciales y extra judiciales y la armonización de las normas en materia de conflictos de leyes, entre otros. Ese espacio europeo de la justicia está íntimamente relacionado con la protección de los derechos fundamentales. Una protección que encuentra su marco general en la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea, que tiene el mismo valor que los tratados y en determinadas disposiciones específicas que habilitan a la Unión Europea para promover y proteger determinados derechos. Por su especial relación con el espacio de libertad, seguridad y justicia, cabe mencionar el derecho a la protección de datos. En un mundo cada vez más conectado, más digitalizado, la adopción en 2016 de un reglamento europeo general de protección de datos, nos garantiza a todos los ciudadanos una serie de derechos relacionados con la necesidad de consentir el tratamiento de nuestros datos y el deber de darnos todas las informaciones necesarias para ello. La Unión Europea también ha sido especialmente activa en la lucha contra las discriminaciones, el racismo y la xenofobia. Se trata pues de colocar la protección de los derechos fundamentales en el centro del proyecto europeo, en el marco de este espacio de libertad, seguridad y justicia. Los logros han sido muchos, pero también son muchos los retos a los que se enfrenta la Unión Europea. Desencallar una reforma de la política de hacienda e inmigración, que está encima de la mesa desde hace años y que las diferencias entre los estados y la falta de solidaridad, está impidiendo avanzar. Reforzar la confianza mutua entre los estados que en los últimos años a raíz de las crisis migratorias y de la deriva autoritaria de algunos estados se ha debilitado. Intensificar la lucha contra nuevas formas de delincuencia como el ciber crimen y seguir fortaleciendo los derechos de los ciudadanos, son algunas de estas cuestiones que la Unión Europea deberá enfrentar en un futuro próximo. [MÚSICA] [AUDIO_EN_BLANCO]